º Facúltese, hasta el 31 de diciembre de 1961, a las Cajas de ahorros y Secciones de Ahorros de los Bancos, para efectuar la inversión que establece el artículo 10, ordinal f) del Decreto número 1691 d e 1960, además, en obligaciones a interés de la Nación garantizadas por ella.
Decreto 2783 de 1960 →Vigente
Artículo 3
Facúltese, Hasta El 31 De Diciembre De 1961, A Las Cajas De Ahorros Y Secciones De Ahorros De Los Bancos, Para Efectuar La Inversión Que Establece El Artículo 10, Ordinal F) Del Decreto Número 1691 D E 1960, Además, En Obligaciones A Interés De La Nación Garantizadas Por Ella
Decreto 2783 de 1960 · Por el cual se toman medidas para estimular la colocación de los Bonos de Desarrollo Económico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.