Micelio

Artículo 26

Decreto 2683 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 45 de 7 de julio de 1977, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena, que reforman los estatutos de la Entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia de la gestión fiscal del Inderena por medios de auditores de su dependencia y con aplicación de los reglamentos especiales, acordes con la índole de la entidad y el género de las actividades a ella encomendadas, de modo que deje a salvo su autonomía administrativa, ajustándose a las normas legales reglamentarias y a los de estos estatutos, para hacer más fácil y expedito su funcionamiento.

Parágrafo

Los funcionarios de la Contraloría General de la República que hayan ejercido el control fiscal en el Instituto y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad, no podrán ser nombrados ni prestar sus servicios en el Instituto, sino después de un (1) año de producido su retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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