Artículo sexto. La Junta Directiva del Sanatorio de Contratación estará integrada así: El Ministro de Salud Pública o su representante, quien la presidirá; Un representante del Jefe del. Servicio de Salud de Santander; Un representante del Consejo Nacional de Rehabilitación, designado por su Secretario Ejecutivo, y Un representante del Municipio de Contratación, designado por el Concejo. Municipal, de terna' que le presente el Alcalde del Municipio.
Decreto 2575 de 1970 →Vigente
Artículo 6
Decreto 2575 de 1970 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los Sanatorios de Aguas de Dios y Contratación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.