Micelio

Artículo 4

Ley 29 de 1966 · Por la cual se apropia una partida para el aprovechamiento del río Ranchería (Departamento de La Guajira), y se conceden unas autorizaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria para que, en cumplimiento del artículo 3 º de la Ley 135 de 1961 , adelante los estudios preliminares, estudios y diseños técnicos sobre los caudales de las corrientes hidráulicas, temporales y permanentes, ubicadas en los Municipios de Uribia y Maicao, y ejecute las obras de embalse que recomienden los estudios previos, con destino al abastecimiento de agua para abrevadero de la ganadería y uso de la población indígena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 29 de 1966