º. El artículo 5º del Decreto 1269 de 1972, adicionado por el artículo 7º del Decreto 359 de 1972, quedará así: Las Corporaciones de Ahorro y Vivienda podrán contratar con establecimientos de crédito, compañías de seguro y sociedades de capitalización, sean o no accionistas, el suministro de oficinas para su funcionamiento, así como los servicios y el personal especializado para el ejercicio de sus funciones. Fijase como plazo límite para los contratos mencionados, el período de un año, contado a partir del día de iniciación de operaciones de cada una de las oficinas o sucursales, según certificación de la Superintendencia Bancaria.
Decreto 2716 de 1973 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 2716 de 1973 · Por la cual se dictan medidas relacionadas con el funcionamiento de las Corporaciones de Ahorro y Viviendas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.