Art. 12. De toda resolución condenatoria se dará cuenta en el periódico oficial del respectivo Departamento, en una Sección que llevará este título: Resoluciones sobre juicios de imprenta. Para cumpliría dispuesto en el inciso precedente, se expresará: en general la clase del delito sin entrar en detalles, la pena impuesta y el nombre del acusado. II Personas responsables
Decreto 635 de 1886 →Vigente
Artículo 12
Decreto 635 de 1886 · Sobre libertad de imprenta, y juicios que se siguen por los abusos de la misma
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.