El uso de un uniforme es obligatorio para todos los Oficiales, Médicos y empleados militares en el servicio, y tendrá el corte y forma establecidos por este Decreto, con los distintivos, insignias y colores correspondientes al arma, servicio y grado. Prohíbese en absoluto el uso en el uniforme de toda prenda exterior que no esté comprendida en este Decreto reglamentario.
Decreto 754 de 1910 →Vigente
Artículo 58
El Uso De Un Uniforme Es Obligatorio Para Todos Los Oficiales, Médicos Y Empleados Militares En El Servicio, Y Tendrá El Corte Y Forma Establecidos Por Este Decreto, Con Los Distintivos, Insignias Y Colores Correspondientes Al Arma, Servicio Y Grado
Decreto 754 de 1910 · Sobre reglamento de uniformes para el Ejército de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.