Micelio

Artículo 39

El Consejo De Seguridad Determinara La Existencia De Toda Amenaza A La Paz, Quebrantamiento De La Paz, O Acto De Agresión Y Hará Recomendación O Decidirá Que Medidas Serán De Conformidad Con Los Artículos 41 Y 42 Para Mantener O Restablecer La Paz Y La Seguridad Internacionales

Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 39. El Consejo de Seguridad determinara la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz, o acto de agresión y hará recomendación o decidirá que medidas serán de conformidad con los artículos 41 y 42 para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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