Micelio

Artículo 39

El Consejo De Seguridad Determinara La Existencia De Toda Amenaza A La Paz, Quebrantamiento De La Paz, O Acto De Agresión Y Hará Recomendación O Decidirá Que Medidas Serán De Conformidad Con Los Artículos 41 Y 42 Para Mantener O Restablecer La Paz Y La Seguridad Internacionales

Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 39. El Consejo de Seguridad determinara la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz, o acto de agresión y hará recomendación o decidirá que medidas serán de conformidad con los artículos 41 y 42 para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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