Micelio

Artículo 14

De Las Categorías

Decreto 775 de 1990 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las categorías. Para efectos de clasificación se establecen las siguientes categorías toxicológicas de los plaguicidas, ya sea en su formulación o en uno de sus componentes: Categoría I “Extremadamente tóxicos”. Categoría II “Altamente tóxicos”. Categoría III “Medianamente tóxicos”. Categoría IV “Ligeramente tóxicos”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 775 de 1990