Micelio

Artículo 6

Decreto 3024 de 2006 · por el cual se reglamenta la elección de los dos Notarios que integrarán el Consejo Superior previsto en el artículo 164 del Decreto 960 de 1970.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La votación se efectuará el día lunes dieciocho (18) de septiembre de 2006, a partir de las ocho de la mañana (8:00 a. m.) y hasta las cinco de la tarde (5:00 p. m.), mediante: a) telegrama; b) fax; c) correo electrónico (siempre y cuando esté registrado en el grupo de comunicaciones), o d) personalmente en las instalaciones de la Superintendencia de Notariado y Registro, Despacho del Superintendente, donde podrán depositar el voto en e l que se indicará el nombre del candidato con su respectivo suplente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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