Micelio

Artículo 36

Decreto 3166 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el reglamento de valorización Adoptado por la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge, CVS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para, la liquidación de las contribuciones de valorización la Corporación elaborará un catastro especial que comprenda la totalidad de los inmuebles situados dentro de la zona de influencia de la obra, en que consta para cada uno de los su ubicación, e identificación, ya sea por nombre de la finca, si se tratare de predio rural por nomenclatura si se tratare de predio urbano y, en todo caso, mediante cualquier dato que permita su localización, número catastral, nombre del propietario o propietarios, su dirección personal, informe sobre los títulos de propiedad, si se conocieren, área total del inmueble, área beneficiada, condiciones especiales y características propias del terreno, sus actuales de la tierra y posibilidades de futura utilización una vez ejecutada la obra, último avalúo catastral y valor comercial estimado para el terreno en cifras unitarias promedias, sin tener en cuenta construcciones ni mejoras existentes.

Como parte de este catastro especial se elaborará el plano de la zona de influencia de la obra, a escala, adecuada, en que aparezcan debidamente, delimitados los inmuebles allí incluidos, con su correspondiente número de identificación y su situación en relación con la obra, y sus beneficios.

Para la elaboración de este catastro especial se tomarán los datos de planos catastrales que se obtuvieren-en oficinas 'del Instituto Geográfico Agustín. Codazzi, las informaciones y estudios existentes en las dependencias de la Corporación y las investigaciones que sobre el terreno mismo -efectúen con, este objeto.

Los propietarios podrán revisar el catastro especial y solicitar, por escrito, modificaciones o correcciones a. loa datos, comprobando debidamente sus informaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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