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Artículo 6

Unicamente Por Medio De Providencias Legislativas Se Podrá Restringir La Importación De Otros Productos O Mercancías, O Someterla A La Previa Autorización De Cualquier Ministerio

Decreto 1528 de 1954 · Por el cual se modifica el Aracel Aduanero, se aclara el régimen de importaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Unicamente por medio de providencias legislativas se podrá restringir la importación de otros productos o mercancías, o someterla a la previa autorización de cualquier Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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