Micelio

Artículo 5

Los Gastos Que Ocasione La Junta Administradora, Serán De Cargo Del Tesoro Nacional

Decreto 163 de 1898 · Reformatorio y adicional del marcado con el número 381 de 30 de junio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los gastos que ocasione la Junta administradora, serán de cargo del Tesoro nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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