Micelio

Artículo 53

La Caja Tendrá Un Gerentes Que Será Su Representante Legal, Nombrado Por El Presidente De La Republica Para Un Periodo De Dos Años, Que Empezara A Contarse El 1o

Decreto 1697 de 1955 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 53. La Caja tendrá un Gerentes que será su representante legal, nombrado por el Presidente de la Republica para un periodo de dos años, que empezara a contarse el 1o. de enero siguiente a su designación. El Gerente será reelegible indefinidamente.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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