º. Como consecuencia de lo previsto en el artículo 1º del presente Decreto el Instituto Nacional del Transporte reducirá gradualmente su planta de personal en lo referente a las funciones de las cuales se desprende.
Decreto 80 de 1987 →Vigente
Artículo 3
Como Consecuencia De Lo Previsto En El Artículo 1º Del Presente Decreto El Instituto Nacional Del Transporte Reducirá Gradualmente Su Planta De Personal En Lo Referente A Las Funciones De Las Cuales Se Desprende
Decreto 80 de 1987 · por el cual se asignan funciones a los municipios en relación al transporté urbano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.