Micelio

Artículo 5

Modifíquese El Numeral 6 Y Adiciónese El Parágrafo 2 Al Artículo 2

Decreto 1233 de 2020 · por el cual se modifica el Decreto número 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la cobertura del Programa FRECH NO VIS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el numeral 6 y adiciónese el

Parágrafo 2

al artículo 2.10.1.7.1.5. del Decreto número 1068 de 2015, el cual quedará así: “6. Por modificación del crédito de vivienda o del contrato de leasing habitacional que implique el incremento de los montos o saldos de las obligaciones y también los que impliquen ampliación del plazo de los créditos de vivienda o los contra¬tos de leasing habitacional, excepto cuando se trate de la cobertura prevista en el numeral 2. del artículo 2.10.1.7.1.2. del presente decreto”. “

Parágrafo 2

El otorgamiento de periodos de gracia en capital e intereses en los créditos de vivienda para adquisición de vivienda o contratos de leasing habitacional que cuenten con el beneficio de cobertura de tasa de interés de que trata el presente Capítulo se entenderá como causal de terminación anticipada de la cobertura, excepto cuando el Gobierno nacional, por medio de un acto administrativo de carácter general así lo disponga, caso en el cual las entidades que otorguen periodos de gracia en capital e intereses a los beneficiarios de las coberturas de tasa de interés de que trata el presente Capítulo deberán informar dicha circunstancia al Banco de la República como administrador del Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (FRECH), en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público”.

Parágrafo 2

Artículo 2.10.1.7.1.5. DECRETO 1068 de 2015

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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