Micelio

Artículo 240

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Criterios para la apreciación del dictamen. Para apreciar el dictamen y determinar su mérito probatorio, el Juez tendrá, en cuenta los principales de la crítica racional de las pruebas y especialmente, la competencia científica, técnicas o artística del perito o peritos, la seriedad y honestidad del perito como hombre de ciencia, el tipo y número de investigaciones y análisis llevados a cabo y la calidad de los medios técnicos empleados, el grado de desarrollo alcanzado por la respectiva ciencia, técnica o arte y la forma de exposición del dictamen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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