Micelio

Artículo 15

Decreto 3486 de 1981 · Por el cual se establece el régimen de matrículas y pensiones, becas, Juntas Reguladoras de Matrículas y Pensiones y otras variables de costos en los establecimientos educativos no oficiales de los niveles pre-escolar, básica (primaria y secundaria), media vocacional y educación especial, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Junta Nacional Reguladora de Matrículas y Pensiones

1.

Fijar los criterios sobre los cuales deben trabajar las Juntas Reguladoras Seccionales de Matrículas y Pensiones.

2.

Conocer en segunda instancia de los recursos de apelación que sean interpuestos contra las providencias dictadas por las Juntas Seccionales Reguladoras de Matrículas y Pensiones.

3.

Ordenar o adelantar las investigaciones que considere pertinentes para el cumplimiento de las funciones anteriores. De las Juntas Seccionales Reguladoras de Matrículas y Pensiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3486 de 1981