Micelio

Artículo 20

Registro De Información De Pago Por Servicios Ambientales

Decreto 870 de 2017 · por el cual se establece el pago por servicios ambientales y otros incentivos a la conservación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de información de pago por servicios ambientales . Los operadores de los proyectos de pago por servicios ambientales, públicos y privados, reportarán ante la autoridad ambiental de su jurisdicción la información del proyecto y demás datos que se estimen pertinentes, conforme a lo dispuesto en el

Parágrafo

del presente artículo, lo cual facilitará el cumplimiento de sus funciones de asistencia técnica, seguimiento y control relacionadas con el pago por servicios ambientales.

Parágrafo

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible señalará los lineamien­tos técnicos y operativos necesarios para el registro de información de pago por servicios ambientales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 870 de 2017