º. Plazo para el pago de cotizaciones. Adiciónase al artículo 27 del Decreto 692 de 1994, con el siguiente inciso 4º. "De conformidad con lo anterior el pago de las cotizaciones deberá ir precedido o acompañado de la autoliquidación".
Decreto 1161 de 1994 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 1161 de 1994 · Por el cual se dictan normas en materia del Sistema General de Pensiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.