Artículo cuarto. Una vez agotado el fondo a que se refiere el artículo segundo de este Decreto, el Gobierno tomará las medidas que sean del caso, de acuerdo con las necesidades.
Decreto 114 de 1963 →Vigente
Artículo 4
Decreto 114 de 1963 · Por el cual se modifica el Decreto 2221 del 4 de agosto de 1962, y se auxilia a la Cruz Roja Nacional con un fondo para calamidades públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.