° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia: CREDITOS Presupuesto de Funcionamiento Ministerio de Hacienda y Crédito Público CAPITULO 7 Dirección General de Servicios Administrativos Servicios Personales Claves: Artículo 1413-A. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de Servicios Personales 700.000 Gastos Generales Artículo-1425-A. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales $ 3.600.000 CAPÍTULO 9 Superintendencia de Control de Cambios Gastos Generales Artículo 1425-A. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales 50.000 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social CAPITULO 4 Dirección General Servicio Nacional de Empleo Transferencias 313-72-21 Artículo 2086-A. Convenio SENA, Dirección General Servicio Nacional de Empleo (SENALDE) 14.000.000 Ministerio de Desarrollo Económico CAPITULO 3 Inspección y Control de Sociedades Servicios Personales 261-05-11 Artículo 2303. .Remuneración servicios técnicos 250.000 Gastos Generales Artículo 2321-A. Pago de vigencias expiradas por concepto de gastos generales 111.203 Suman los Créditos $ 18.711.203
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia: Creditos Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Capitulo 7 Dirección General De Servicios Administrativos Servicios Personales Claves: Artículo 1413-A
Decreto 1425 de 1978 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico), por $ 18.711.203.00
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.