° Ordénase la emisión, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados "Bonos Agrarios - Ley 30 de 1988", en cuantía de veinte mil setecientos millones de pesos ($20.700.000.000.00) moneda legal, destinados a financiar la adquisición de tierras por parte del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria "Incora", en desarrollo del programa de reforma agraria.
Decreto 1690 de 1991 →Vigente
Artículo 1
Ordénase La Emisión, A Través Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, De Títulos De Deuda Pública Interna De La Nación Denominados "bonos Agrarios - Ley 30 De 1988", En Cuantía De Veinte Mil Setecientos Millones De Pesos ($20
Decreto 1690 de 1991 · por el cual se ordena una emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados "Bonos Agrarios - Ley 30 de 1988" y se fijan las condiciones financieras y de colocación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.