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Artículo 12

Resolucion 100-001882 de 2022 · Por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021 EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en la Constitución Política en los artículos 209 y 211, la Ley 80 de 1993, la Ley 489 de 1998, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1736 de 2020 en sus numerales 34, 3

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 44 de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: “ARTÍCULO

44. Secretaría General. Delegar en el Secretario General de la Superintendencia de Sociedades las siguientes funciones: 13/16 RESOLUCION 44.1 Ordenación del gasto y actividad contractual. 44.1.1 La ordenación del gasto hasta la cuantía de 3.000 SMLMV. Sin perjuicio de las facultades reservadas al Superintendente de Sociedades, podrá celebrar y suscribir todo tipo de contratos y convenios para el cumplimiento de los cometidos institucionales y adelantar los demás actos inherentes a la actividad precontractual, contractual y postcontractual. Esta delegación incluye el ejercicio de las facultades excepcionales, en los casos en que éstas se entienden incorporadas o se hayan previsto expresamente. 44.1.2 Los contratos y convenios para el uso de la marca de Formación en Insolvencia, así como todos aquellos que se suscriban con personas jurídicas extranjeras, con este mismo fin.

PARÁGRAFO. Para efectos de las facultades de ordenación del gasto y actividad contractual, se entiende por actividad contractual, entre otras, aquellas actuaciones tendientes a dirigir y adelantar los procesos de selección, la apertura del proceso, los pliegos de condiciones, evaluaciones, adjudicación o declaratoria de desierto del proceso, celebración y suscripción de los contratos, su debida ejecución, interpretación, terminación, modificación, suspensión, adición, prórroga, liquidación y los demás actos inherentes a la actividad contractual, así como la declaratoria de incumplimiento, los actos administrativos relacionados con la declaratoria del siniestro y efectividad de la garantía única y el cumplimiento de sus correspondientes amparos, la decisión de los recursos y los que adopten soluciones a las controversias contractuales. 44.2 Gestión de personal. 44.2.1 La suscripción de escrituras públicas donde se cancelan y/o constituyen gravámenes a favor de la Superintendencia. 44.2.2 Expedir los actos administrativos mediante los cuales se reliquida o redistribuye el pago de sustituciones pensionales. 44.2.3 Expedir los actos administrativos por medio de los cuales se reconoce y ordena el pago de una pensión por aportes, por jubilación o por sustitución pensional. 44.2.4 Reconocer y ordenar el pago de indemnizaciones sustitutivas de la pensión. 44.2.5 Suscribir los convenios de comisión de estudios. 44.2.6 Sin prejuicio de las funciones asignadas a la Dirección de Talento Humano y sus grupos de trabajo, administrar y gestionar el personal de la Superintendencia de Sociedades de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 44.2.7 Iniciar y tramitar los procesos administrativos que esta Superintendencia deba adelantar en contra de sus funcionarios y exfuncionarios para obtener el reintegro de recursos pagados indebidamente por conceptos de nómina. 44.3 Otros asuntos. 44.3.1 Suscribir los documentos relacionados con la afiliación a las Aseguradoras de Riesgos Laborales. 32/44 RESOLUCION 2021-01-001945 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. 44.3.2 Realizar los traslados presupuestales internos y desagregación del presupuesto de gastos e ingresos de conformidad con las normas presupuestales que lo regulan. 44.3.3 Definir los compromisos comportamentales que se consideren pertinentes para la consecución de las metas institucionales de acuerdo con la política institucional, el plan estratégico y el código de integridad de la Entidad para la Evaluación del Desempeño Laboral y la Medición de la Gestión Laboral de los funcionarios de la Superintendencia de Sociedades. 44.3.4 Resolver la procedencia de los impedimentos o recusaciones que se presenten en la Evaluación del Desempeño Laboral y la Medición de la Gestión Laboral, designando al nuevo evaluador si a ello hubiera lugar. 14/16 RESOLUCION 44.3.5 Ordenar por escrito y de manera inmediata, la calificación o medición extraordinaria de los servidores de la Entidad, cuyo desempeño deficiente haya sido debidamente soportado. 44.3.6 En los casos de enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales, expedir la Resolución que contenga el inventario de los bienes muebles ofrecidos. 44.3.7 Suscribir los actos administrativos relacionados con el castigo de cartera, de acuerdo con las recomendaciones efectuadas por el Comité de Cartera de la Entidad. 44.3.8 Expedir certificaciones respecto del estado de supervisión de las cámaras de comercio. 44.3.9 Expedir certificaciones respecto del decreto de creación y los representantes legales, así como, de los secretarios de las cámaras de comercio, de conformidad con la información que al respecto reporten éstas.

PARÁGRAFO PRIMERO. Las funciones de que trata este acto administrativo serán ejercidas sin perjuicio de la autorización del Superintendente de Sociedades, cuando las normas generales así lo requieran.

PARÁGRAFO SEGUNDO. El Secretario General tendrá la facultad preferente para suscribir cualquier tipo de acto, oficio, comunicación, resolución y, en general, cualquier tipo de documento relacionado con las funciones y competencias administrativas asignadas a la Secretaria General en las leyes, decretos y reglamentos pertinentes. El Secretario General también podrá reasumir, en cualquier momento, las facultades para suscribir los actos asignados a las direcciones y a sus grupos de trabajo”.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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