Las diferencias que se pueden presentar entre los socios y la Empresa o entre los socios entre sí por razón de la misma o en el periodo de liquidación, serán sometidas a decisión arbitral. El Tribunal de Arbitramento estará construido por tres (3) miembros nombrados uni por cada parte y el tercero por los arbitros anteriores. Si las partes no nombran los árbitros que les corresponde dentro de los (10) días siguientes al recibo de la comunicación de la otra parte, o si los árbitros nombrados por las partes no se ponen de acuerdo en el nombramiento del tercer árbitro, los árbitros que no hayan sido designados serán nombrados de acuerdo con lo que sobre el particular establece el Código de Comercio. CAPITULO OCTAVO Régimen Legal y disposiciones general .
Decreto 2910 de 1977 →Vigente
Artículo 39
Las Diferencias Que Se Pueden Presentar Entre Los Socios Y La Empresa O Entre Los Socios Entre Sí Por Razón De La Misma O En El Periodo De Liquidación, Serán Sometidas A Decisión Arbitral
Decreto 2910 de 1977 · Por el cual se aprueba los estatutos de la Empresa Constructora Didáctica Ltda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.