Micelio

Artículo 4

Ley 52 de 1941 · Por la cual se dispone la construcción de un hotel de turismo en la ciudad de Silvia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase al Municipio de Salento, el Departamento de Caldas, con motivo del centenario de su fundación, que se cumple en el año de 1942, con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000).

La partida de que trata el presente artículo se entregará al Tesorero del Departamento de Caldas, previas las formalidades que exija Contraloría General de la República y la inversión será determinada por el Concejo Municipal de Salento y el Gobernador del Departamento, en las obras que se consideren más necesarias para el saneamiento de dicha población.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1941