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Artículo 20

Subdirección De Monitoreo Y Evaluación

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Monitoreo y Evaluación . Son funciones de la Subdirección de Monitoreo y Evaluación, las siguientes

1.

Asesorar a las dependencias del Instituto en el diseño de la planeación operativa, proporcionando lineamientos que optimicen la gestión y el cumplimiento de los objetivos institucionales.

2.

Actualizar y proponer mejoras en la política de monitoreo y evaluación institucional, en alineación con las directrices sectoriales, asegurando su relevancia en el contexto actual.

3.

Diseñar e implementar sistemas de monitoreo y evaluación de la gestión que midan los resultados y el impacto de los programas y proyectos, optimizando los niveles de control y rendimiento del Instituto.

4.

Desarrollar y mantener el Tablero de Control de Indicadores en coordinación las dependencias de la entidad, permitiendo un seguimiento en tiempo real de la ejecución de planes y proyectos institucionales.

5.

Elaborar informes de gestión periódicos para su presentación ante el Congreso de la República y la entidad cabeza de sector, destacando los avances y resultados obtenidos.

6.

Apoyar la implementación del proceso de rendición de cuentas en conjunto con la entidad cabeza de sector, garantizando la transparencia en la presentación de logros y desafíos del Instituto.

7.

Desarrollar líneas de investigación y evaluación para orientar la mejora continua de los programas y servicios del Instituto, en alineación con las necesidades de la población.

8.

Establecer relaciones con la comunidad científica y entidades de investigación para fomentar investigaciones relevantes que fortalezcan la capacidad del Instituto en la toma de decisiones informadas.

9.

Coordinar la difusión de los resultados de las investigaciones y evaluaciones realizadas por el Instituto, en colaboración con la Oficina Asesora de Comunicaciones, promoviendo la transparencia y el aprendizaje organizacional.

10.

Realizar diagnósticos periódicos de la gestión institucional, consolidando datos de desempeño que permitan identificar áreas de mejora y formular recomendaciones estratégicas.

11.

Monitorear el cumplimiento de las metas y planes de acción de la Subdirección, evaluando su progreso y realizando ajustes en conjunto con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y la Dirección de Abastecimiento.

12.

Coordinar las actividades de monitoreo y evaluación con las Direcciones Regionales, trabajando en conjunto con la Oficina de Gestión Regional para fortalecer la implementación de prácticas de control y seguimiento.

13.

Desarrollar y supervisar estudios de impacto sobre la efectividad de los programas y servicios, proponiendo ajustes basados en los resultados de las evaluaciones y análisis.

14.

Generar recomendaciones de ajuste y mejora para los programas en función de los hallazgos obtenidos en las evaluaciones, promoviendo decisiones basadas en evidencia.

15.

Promover la implementación de prácticas de evaluación continua en todo el Instituto, fomentando una cultura de responsabilidad y mejora en la gestión de programas y servicios.

16.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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