Micelio

Artículo 3.1.1.3

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivos específicos. La Política Pública Exterior feminista tiene los siguientes objetivos específicos:

a)

Establecer el enfoque de género como una herramienta fundamental en el ac­cionar del Estado a nivel bilateral y multilateral y en escenarios de cooperación internacional.

b)

Redirigir esfuerzos de las misiones, embajadas y consulados, así como de los instrumentos y mecanismos de cooperación para garantizar y promover los dere­chos de las mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colom­bianas que habitan en el exterior.

c)

Fortalecer al sector de relaciones exteriores, en su capacidad de respuesta e in­cidencia en la implementación de la agenda de derechos de las mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exte­rior.

d)

Fomentar la participación de las organizaciones de mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exterior, para faci­litar su incidencia en la política exterior.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015