Micelio

Artículo 3.1.1.3

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivos específicos. La Política Pública Exterior feminista tiene los siguientes objetivos específicos:

a)

Establecer el enfoque de género como una herramienta fundamental en el ac­cionar del Estado a nivel bilateral y multilateral y en escenarios de cooperación internacional.

b)

Redirigir esfuerzos de las misiones, embajadas y consulados, así como de los instrumentos y mecanismos de cooperación para garantizar y promover los dere­chos de las mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colom­bianas que habitan en el exterior.

c)

Fortalecer al sector de relaciones exteriores, en su capacidad de respuesta e in­cidencia en la implementación de la agenda de derechos de las mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exte­rior.

d)

Fomentar la participación de las organizaciones de mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exterior, para faci­litar su incidencia en la política exterior.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015