° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Inversión. Ministerio de Salud Pública. CAPITULO 630 Ministerio de Salud Pública Programa 637. Construcción, terminación de Hospitales Centros y Puestos de Salud. Inversión directa. 510-352. Artículo 6332-A. Para programas de emergencia hospitalaria, por conducto del Fondo Nacional Hospitalario, mediante distribución por decreto que el Ministerio de Salud propondrá a la Dirección General del neral del Presupuesto $ 4.000.000.00 Que se distribuye parcialmente así: Proyecto 6. Para el Hospital de Villarrica (Tolima), a través del Servicio Seccional de Salud de ese Departamento 100.000.00 Total $ 100.000.00
Decreto 2272 de 1971 →Vigente
Artículo 1
Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Inversión
Decreto 2272 de 1971 · Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, (Ministerio de Salud Pública), por $ 100.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.