- Están en el deber de denunciar los nacimientos y solicitar su registro
El padre.
La madre.
Los demás ascendientes.
Los parientes mayores más próximos.
El director o administrador del establecimiento público o privado en que haya ocurrido.
La persona que haya recogido al recién nacido abandonado.
El director o administrador del establecimiento que se haya hecho cargo del recién nacido expósito.
El propio interesado mayor de diez y ocho años.