Micelio

Artículo 1

La Administración Del Muelle De Buenaventura, Sus Almacenes Y Planta Eléctrica, Queda Adscrita A La Administración De La Aduana Del Mismo Puerto, Y Se Hará Por Medio De Una Sección Denominada Sección Del Muelle Y Planta Eléctrica

Decreto 1084 de 1925 · Por el cual se reglamenta la administración del muelle de Buenaventura y se fija la tarifa para los servicios del mismo

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La administración del muelle de Buenaventura, sus almacenes y planta eléctrica, queda adscrita a la Administración de la Aduana del mismo puerto, y se hará por medio de una Sección denominada Sección del Muelle y Planta Eléctrica. El Administrador de la Aduana señalará las funciones de los empleados de dicha Sección y reglamentará los servicios del muelle y sus dependencias. El reglamento requiere la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que tenga fuerza definitiva, y en él se determinará con toda precisión cuáles son los empleados de manejo, de bienes, valores y mercaderías, que entren a las dependencias del muelle, para los fines determinados por el capítulo XI de la Ley 42 de 1923.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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