º . Las Fuerzas Militares, de Policía Nacional, DAS y Resguardo Nacional de Rentas Departamentales. presta rán su colaboración y apoyo a las autoridades aduaneras, a los organismos del Sistema Nacional de Salud y a los adscritos al Ministerio de Agricultura, para realizar las opera ciones de control, patrullaje e inspección tendientes a la represión del contrabando de productos y subproductos agrícolas; pecuarios y forestales e insumos agropecuario Par ticularmente el apoyo a las operaciones de control debe d irigirse a la represión del contrabando de ganado porcino, bovino y sus productos, leche y sus derivados, aves de corral, huevos, alimentos concentrados para animales, torta de soya, harina de pescado, aceites y grasas comestibles, cacao, cuando ' lo soliciten el Director General de Aduanas, los Administradores de Aduana y los Comandantes Regionales del Resguardo Nacional de Aduanas.
Las operaciones de control y patrullaje serán ejecutadas en forma coordinada por las entidades antes mencionadas bajo la dirección operativa de las autoridades aduaneras.