Micelio

Artículo 2

Decreto 98 De 1964

Decreto 3271 de 1963 · Por el cual se modifica la estructura y la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. A partir del primero (1°) de enero de 1964, las funciones propias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cada una de las dependencias que se indican a continuación, se ejercerán por la siguiente planta de personal: Despacho del Ministro, Clases de empleo Grado ocupacional 1 Secretario Privado V 16 1 Secretario Auxiliar IV 11 1 Recepcionista III 7 Secretaría General 1 Secretario General 26 1 Secretario Auxiliar IV 11 1 Oficinista V 7 Dirección 1 Director 26 1 Secretario Auxiliar IV 11 Juzgado Unico Nacional de Ejecuciones Fiscales 1 Juez de Ejecuciones Fiscales IV 16 1 Secretario de Juzgado V 11 2 Sustanciadores IV 9 2 Mecanógrafas III 5 Oficina de Asesoría Económica 1 Jefe de Oficina V 19 1 Secretario Auxiliar IV 11 Oficina Jurídica 1 Jefe de Oficina VIII 22 1 Abogado VI 17 1 Secretario Auxiliar IV 11 1 Sustanciador VI 11 Oficina de Organización y Métodos 1 Jefe de Oficina IV 18 1 Analista de Administración Pública V 17 1 Analista de Administración Pública IV 16 1 Mecanotaquígrafa III 7 1 Dibujante IV 11

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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