Micelio

Artículo 1

La Planta De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Para La Vigencia De 2002 Queda Constituida De La Siguiente Manera: I

Decreto 2962 de 2002 · Por el cual se modifica la Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2002

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2002 queda constituida de la siguiente manera: I. OFICIALES Escalafón Regular Escalafón Complementario

1.

EJERCITO General 4 Mayor General 13 Brigadier General 30 Coronel 227 10 Teniente Coronel 398 10 Mayor 945 10 Capitán 1.621 Teniente 1.153 Subteniente 2.229 TOTAL 6.620 30

2.

ARMADA Almirante 1 Vicealmirante 6 Contralmirante 15 Capitán de Navío 105 5 Capitán de Fragata 208 2 Capitán de Corbeta 260 2 Teniente de Navío 371 Teniente de Fragata 279 Teniente de Corbeta 425 TOTAL 1.670 9 3 . FUERZA AEREA General 3 Mayor General 7 Brigadier General 7 Coronel 79 5 Escalafón Regular Escalafón Complementario Teniente Coronel 148 5 Mayor 236 5 Capitán 358 Teniente 307 Subteniente 377 TOTAL 1.522 15 II. SUBOFICIALES 1. EJERCITO Sargento Mayor 120 Sargento Primero 1.803 Sargento Viceprimero 2.850 Sargento Segundo 5.500 Cabo Primero 5.114 Cabo Segundo 2.217 Cabo Tercero 5.889 TOTAL 23.493 2. ARMADA Suboficial Jefe Técnico 168 Suboficial Jefe 625 Suboficial Primero 949 Suboficial Segundo 1.423 Suboficial Tercero 1.563 Marinero Primero 410 Marinero Segundo 889 TOTAL 6.027

3.

FUERZA AEREA Suboficial Técnico Jefe 116 Suboficial Técnico Subjefe 306 Suboficial Técnico Primero 494 Suboficial Técnico Segundo 606 Suboficial Técnico Tercero 426 Suboficial Técnico Cuarto 269 Aerotécnico 328 TOTAL 2.545

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2962 de 2002