Las autoridades de la República y las demás entidades públicas y privadas están en la obligación de prestar al Departamento Administrativo de Seguridad y sus agentes, preferencial e inmediatamente la colaboración que les soliciten.
Decreto 625 de 1974 →Vigente
Artículo 29
Las Autoridades De La República Y Las Demás Entidades Públicas Y Privadas Están En La Obligación De Prestar Al Departamento Administrativo De Seguridad Y Sus Agentes, Preferencial E Inmediatamente La Colaboración Que Les Soliciten
Decreto 625 de 1974 · Por el cual se resisa la organización administrativa del Departamento Administrativo de Seguridad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.