El artículo 62 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social quedará así:
Artículo 62 . Diversas clases de recursos . Contra las providencias judiciales procederán los siguientes recursos.
1.
El de reposición.
2.
El de apelación.
3.
El de súplica.
4.
El de casación.
5.
El de queja.
6.
El de revisión.
7.
El de anulación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.