Micelio

Artículo 17

Facúltase A Los Gobernadores Para Expedir Permisos De Establecer Talleres De Reparación De Armas De Cacería, En Las Condiciones Prescritas En Los Artículos 17 Y 18 Del Decreto Número 1449 De 1939

Decreto 1308 de 1940 · Por el cual se adiciona y aclara el Decreto 1449 de 1939

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase a los Gobernadores para expedir permisos de establecer talleres de reparación de armas de cacería, en las condiciones prescritas en los artículos 17 y 18 del Decreto número 1449 de 1939.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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