Refórmase el Decreto marcado con el número 779, de fecha 3 del mes de abril del año en curso, en el sentido de que el gasto que demande su cumplimiento se imputará al capítulo 66, artículo 511, de la Ley de Apropiaciones vigente, correspondiente al Ministerio de Correos y Telégrafos, y nó al artículo 510, como se ordenó; en el mencionado Decreto.
Decreto 979 de 1939 →Vigente
Artículo 1
Decreto 979 de 1939 · Por el cual se modifica el Decreto marcado con el número 779 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.