Micelio

Artículo 2.2.4.2.13.3.3

De Los Puntos De Atención De La Conciliación En Equidad (Pace)

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los Puntos de Atención de la Conciliación en Equidad (PACE). Conforme a lo dispuesto en los artículos 79, 85, 135 y 141 de la Ley 2220 de 2022, los conciliadores en equidad se organizarán en el interior del programa local de justicia en equidad, por medio de Puntos de Atención de la Conciliación en Equidad, que podrán ser creados y promovidos por ellos o por el respectivo programa local.

Los Puntos de Atención de la Conciliación en Equidad podrán operar, entre otros, en salones comunales, sedes de consejos comunitarios, sedes de entidades públicas, casas de justicia y centros de convivencia ciudadana o en cualquier otro sitio aprobado por el Programa Local de Justicia en Equidad.

Para tales efectos, tanto las autoridades de nivel nacional, departamental, distrital o municipal como las organizaciones cívicas y comunitarias deberán garantizar el apoyo y facilitar la apertura y funcionamiento de estos puntos.

La operación de estos puntos de atención será coordinada, monitoreada por el programa local de justicia en equidad ante el cual reportarán su gestión.

Parágrafo

En los puntos de atención de la conciliación en equidad que operen en las casas de justicia, los centros de convivencia ciudadana y centros de conciliación de entidades públicas, será el coordinador del programa local de justicia en equidad y el coordinador de la respectiva casa, centro de convivencia y director del centro de conciliación, quienes definirán conjuntamente la forma en que funcionarán estos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015