º . Las solicitudes de que tratan los artículos 131 del Decreto 1480 de 1994 y 40 del Decreto 1695 de 1994 deberán cumplir, además de lo establecido en estos decretos, con los siguientes requisitos
Solicitud motivada sobre la necesidad y conveniencia del servicio en el área de cubrimiento de la emisora de radiodifusión sonora que se pretenda obtener en concesión;
Certificaciones sobre el funcionamiento de la emisora de radiodifusión sonora al momento de entrar a regir los Decretos 1480 y 1695 de 1994, según el caso, expedidas conjunta o separadamente por el Alcalde Municipal y/o el Personero Municipal de la zona donde esté ubicada la misma;
Anexar fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía del solicitante;
Anexar fotocopia autenticada del certificado judicial y de policía vigente al momento de hacer la petición;
Cuando la solicitud la haga una persona jurídica, deberá allegarse prueba de su existencia jurídica y representación legal, expedida por la entidad competente, con fecha no mayor a tres (3) meses al del momento de su presentación.