Artículo sexto . La Junta de directores se reunirá ordinariamente en la primera semana de cada mes, o cuando sea convocada extraordinariamente por el Director Ejecutivo. Actuará como Secretario el Secretario del Instituto. Las decisiones de la Junta se tomarán por mayoría de votos. El Director Ejecutivo tendrá voz pero no voto en las deliberaciones de la Junta.
Decreto 2345 de 1959 →Vigente
Artículo 6
Decreto 2345 de 1959 · Or el cual se organiza el instituto de asuntos nucleares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.