Micelio

Artículo 5

Ley 60 de 1909 · Que crea una Comisión Legislativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los meses que transcurran entre el fin de las actuales sesiones y el principio de las próximas, los miembros de la Comisión Legislativa devengaran las misma dietas de que gozan como Senadores y Representantes en ejercicio.

El Secretario de la Comisión tendrá un sueldo de ciento cincuenta pesos ($150) mensuales.

Asignase cien pesos ($100) por una sola vez para gastos de escritorio de la Comisión.

Estas partidas se consideraran como incluidas en el Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 60 de 1909