Micelio

Artículo 7

Decreto 2315 de 1955 · Por el cual se autoriza la entrega de aeródromos nacionales y otros servicios a la Empresa Colombiana de Aeródromos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. Las entregas de bienes que figuran en los inventarios de los Almacenes, se harán con intervención del respectivo Almacenista responsable, del Auditor del Ministerio de Obras Publicas o de un delegado suyo, debiendo ser aprobadas por el Director de Comercio y Almacenes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2315 de 1955