Las enfermedades contagiosas de lo» animales, así como las plagas y enfermedades de la agricultura, cuya existencia esté comprobada en el país, serán declaradas por el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, quien tendrá además la obligación de mantener Información actualizada sobre la situación sanitaria nacional e Internacional, con el objeto de proteger la sanidad agropecuaria interna.
Decreto 2375 de 1970 →Vigente
Artículo 21
Las Enfermedades Contagiosas De Lo» Animales, Así Como Las Plagas Y Enfermedades De La Agricultura, Cuya Existencia Esté Comprobada En El País, Serán Declaradas Por El Instituto Colombiano Agropecuario - Ica, Quien Tendrá Además La Obligación De Mantener Información Actualizada Sobre La Situación Sanitaria Nacional E Internacional, Con El Objeto De Proteger La Sanidad Agropecuaria Interna
Decreto 2375 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre sanidad apropecuaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.