Micelio

Artículo 2

Los Cónsules Dependen Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En Todo Lo Concerniente A Sus Funciones Relacionadas Con Los Ingresos Que Se Causan Con Intervención De Las Oficinas Consulares, Y En Lo Demás Dependerán Del Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 453 de 1930 · Por el cual se organiza el cuerpo consular colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Cónsules dependen del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en todo lo concerniente a sus funciones relacionadas con los ingresos que se causan con intervención de las oficinas consulares, y en lo demás dependerán del Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 453 de 1930