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Artículo 3

Los Pagarés Que Se Emitan En Virtud Del Decreto Número 399 De 1946 Podrán Ser Suscritos Además De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Por Cualquier Otra Entidad Bancaria, Oficial O Particular

Decreto 514 de 1947 · por el cual se asignan unas funciones y se modifica el Decreto número 399 de febrero 17 de 1945.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los pagarés que se emitan en virtud del Decreto número 399 de 1946 podrán ser suscritos además de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, por cualquier otra entidad bancaria, oficial o particular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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