Micelio

Artículo 18

Decreto 3049 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo diez y ocho. Corresponde a la División de Radio, la programación, la dirección y control de los servicios de radiocomunicaciones; la elaboración y aplicación de normas técnicas para la operación y evaluación de los servicios de la industria de radiocomunicaciones, en coordinación con las funciones que corresponden al Ministerio de Desarrollo Económico, las relaciones con los organismos especializados, y la coordinación de la política del país, en esta materia, de conformidad con la orientación trazada por el Ministro y con los tratados y convenios internacionales. De la Sección de Ingeniería.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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