Micelio

Artículo 142

Unidad Administrativa Especial De Gestión De Restitución De Tierras Despojadas A Las Comunidades Y Sus Integrantes

Decreto 4635 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes acomunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas a las Comunidades y sus integrantes. El Gobierno Nacional organizará en la Unidad de Restitución, los órganos y arreglos institucionales requeridos para la ejecución de las medidas de restitución establecidas en el presente decreto-ley, los cuales deben proveer el talento humano y los recursos operativos y presupuestales suficientes e idóneos, con el objetivo de brindar las condiciones necesarias para la atención diferencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4635 de 2011