°. Modifícase el artículo 24 del Decreto número 1160 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 24. Distribución de los recursos del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural. La distribución de los recursos apropiados por el Presupuesto Público Nacional destinados al Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural, tanto para la Bolsa de Política Sectorial Rural como para la Bolsa Departamental, será la que para todos los efectos defina el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de acuerdo con sus lineamientos de política y las recomendaciones de la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural".
Decreto 900 de 2012 →Vigente
Artículo 9
Modifícase El Artículo 24 Del Decreto Número 1160 De 2010, El Cual Quedará Así: "artículo 24
Decreto 900 de 2012 · por el cual se modifican parcialmente los Decretos número 2675 de 2005 y 1160 de 2010 y se dictan otras disposiciones en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.