Micelio

Artículo 8

Decreto 2119 de 1977 · Por el cual se reglamenta la Ley 32 de 1971 sobre redención de pena por el trabajo y el estudio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Corresponde a los profesores e instructores, bajo la gravedad del juramento, rendir informes escritos a los respectivos directores de los establecimientos carcelarios y penitenciarios sobre el cumplimiento de los horarios de trabajo y estudio del personal recluso a su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2119 de 1977